Salud

CNSS habilita reintegro de fondos para servidores públicos con derecho a pensión estatal

  • La Resolución 643-02 ordena a Sipen elaborar en 90 días el procedimiento para reintegrar fondos retirados de cuentas individuales y completar el traspaso correspondiente.

Por Valerio Ventura I Hechos Noticias RD.

Santo Domingo. – El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó una medida para que afiliados de ingreso tardío, con derechos adquiridos o expectativa legítima de pensionarse bajo el Régimen de Reparto Estatal, puedan reintegrar fondos retirados de sus Cuentas de Capitalización Individual y completar el traspaso correspondiente.

La decisión fue adoptada durante la reunión ordinaria del 3 de septiembre de 2026, en respuesta a solicitudes del Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (Mopesep) y de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA).

La medida está contenida en la Resolución CNSS número 643-02. El texto ordena a la Superintendencia de Pensiones elaborar e implementar, en un plazo de 90 días, el procedimiento operativo y normativo para el reintegro de los recursos retirados de las cuentas individuales.

No es una pensión automática

La resolución no significa que todos los servidores públicos puedan pensionarse de manera inmediata. El beneficio está dirigido a afiliados que cumplan las condiciones aplicables al Régimen de Reparto Estatal y que puedan completar el procedimiento establecido por Sipen.

La precisión es importante para evitar expectativas equivocadas. Los interesados deberán conocer los requisitos, plazos, documentos y formas de reintegro cuando la Superintendencia publique el mecanismo. Hasta que ese procedimiento exista, no es posible determinar cómo se calcularán todos los casos individuales.

La decisión busca resolver una situación particular de afiliados de ingreso tardío que retiraron parcial o totalmente recursos de sus Cuentas de Capitalización Individual administradas por las AFP. El reintegro permitiría completar el proceso previsional correspondiente, sujeto a la verificación de cada expediente.

Protección de derechos previsionales

El CNSS tomó en consideración precedentes regulatorios, entre ellos la Resolución Sipen número 496-25, relacionada con el traspaso de aportes de servidores públicos del sector salud beneficiados con jubilaciones otorgadas por el Poder Ejecutivo.

El antecedente muestra que el sistema puede establecer mecanismos específicos cuando existen derechos adquiridos o expectativas legítimas. Sin embargo, cada decisión debe respetar la legislación, la sostenibilidad financiera y la igualdad de trato entre afiliados.

La seguridad social tiene un impacto directo en trabajadores próximos a la jubilación. Una incertidumbre sobre los fondos puede afectar la planificación familiar y económica. Por eso, el procedimiento deberá ser claro, accesible y aplicable de manera uniforme.

Fondos privados y cuentas individuales

La resolución dispone que los aportes provenientes de empleadores del sector privado permanezcan en las respectivas Cuentas de Capitalización Individual, conforme a las disposiciones vigentes. Esta parte evita confundir los fondos acumulados por distintos vínculos laborales.

La administración de los recursos previsionales requiere coordinación entre CNSS, Sipen, AFP y DIDA. Los afiliados necesitan información verificable sobre sus aportes y sobre las consecuencias de cualquier reintegro o traspaso.

Próximos pasos

Sipen tiene 90 días para diseñar e implementar el mecanismo. El proceso debe incluir reglas para solicitudes, validación de derechos, cálculo de montos, pagos, plazos y canales de reclamación. La comunicación pública será esencial para que los servidores no dependan de intermediarios ni de información no confirmada.

La resolución representa una respuesta institucional a una demanda de trabajadores públicos. Su éxito se medirá por la capacidad de proteger derechos sin crear confusión y por la rapidez con que se publique un procedimiento transparente. Mientras tanto, los afiliados deben esperar las instrucciones oficiales antes de realizar pagos o entregar documentos.

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